Liga Municipal Dominicana
¿Qué es la Liga Municipal Dominicana?
El Artículo 105 de la Ley 176-07 define a La Liga Municipal Dominicana como una entidad de asesoría en materia técnica y de planificación para los ayuntamientos y juntas municipales de la República Dominicana.
¿Cuáles son las funciones que desempeña La Liga Municipal Dominicana?
Artículo 106 de la Ley 176-07 describe como funciones esenciales, las siguientes:
a) Promover por todos los medios a su alcance las mejores relaciones y el más eficaz espíritu de cooperación entre los municipios de la República Dominicana, con el gobierno central, con el fin de que puedan prestarse la mayor ayuda mutua que sea posible en la realización de las funciones que les corresponden, en la solución de sus problemas, en el desarrollo de sus planes de progreso, y en todo cuanto propenda al mayor bienestar de sus localidades respectivas.
b) Adquirir y difundir entre los municipios, de la manera más eficaz posible, cuantos datos, informes, publicaciones y otras materias que puedan ser útiles para la realización de sus fines.
c) Promover el intercambio frecuente y útil de informaciones, publicaciones, visitas y otros medios de cooperación intermunicipal.
d) Promover igualmente la cooperación entre los municipios de la República y los correspondientes organismos de otros países.
e) Favorecer la celebración de congresos, conferencias, concursos, ferias, exposiciones y otras manifestaciones de interés para la vida municipal, nacional e internacional.
f) Mantener oficinas permanentes para la tramitación de sus asuntos.
g) Editar publicaciones adecuadas a sus fines.
h) Ejercer todas aquellas actividades que guarden relación con los fines anteriormente enunciados o que sean accesorios de aquellos, y que no colidan con las disposiciones constitucionales y legales.
i) Defender los derechos y atribuciones que la Constitución y las leyes confieren a los ayuntamientos de la República.
j) Colaborar con los ayuntamientos en el ejercicio de sus actos legales, administrativos, económicos, financieros y de servicios, tanto ante los poderes públicos como ante la ciudadanía y las comunidades nacionales en general.
k) Promover el adecuado desenvolvimiento económico de los organismos municipales, alentando su adecuada organización, su más amplia capacidad en el cumplimiento de sus servicios y la promoción social y económica de sus pobladores, con miras al logro del bien común.
l) Procurar la solución a los problemas comunes a los organismos municipales.
m) Propiciar la investigación, la discusión y el estudio de las estructuras legales, administrativas y organizativas de los ayuntamientos, a fin de establecer mejores niveles de servicios. Alentar la participación ciudadana en los eventos de las municipalidades y afianzar el espíritu de colaboración entre los problemas locales y los pobladores de los términos municipales del país.
n) Promover tratos con organismos edilicios de otros países y con asociaciones, entidades nacionales e internacionales que agrupen a instituciones de la misma naturaleza.
o) Ofrecer la más amplia asistencia técnica en favor de los municipios del país, a fin de que propendan a una más alta calidad de la vida entre sus pobladores, al mejor ordenamiento social y al bien común.
¿Qué es la Asamblea General de Municipios?
Es el máximo órgano con funciones normativas y electivas, respecto a sus propias estructuras. En ella se resumen los poderes de la entidad. Se integra por Alcaldes/as, quienes se reúnen los 26 de enero de cada cuatro años, para elegir al Secretario General. De forma extraordinaria, la asamblea se reúne también para conocer asuntos de interés municipal. De forma Anual, para conocer el presupuesto.
¿Qué es el Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana?
El Comité Ejecutivo es un órgano de dirección colegiada, integrado por Alcaldes/as y otros representantes de la municipalidad, que tiene como función dar seguimiento a las disposiciones de la Asamblea General de Municipios, de los proyectos y la ejecución presupuestaria de la institución.
¿Cómo está integrado el Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana?
Los Alcaldes/as seleccionan dentro de su seno a Alcaldes/as a quienes delegaran su representación. En la actualidad, el Comité se integra, por el Ministro de Interior y Policía, quien funge como presidente ex oficio en representación del Presidente de la República; los Alcaldes/as; un/a representante de cada una de las Federaciones y Asociaciones municipales que siguen:
– Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU)
– Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM)
– Asociación Dominicana de Regidores (ASODORE)
– Asociación de Mujeres Municipalistas Dominicana (UNMUNDO)
– Asociación Dominicana de Vocales (ASODOVA)
Igualmente, la entidad se integra por delegados/titulares de las Secretarías de Asuntos Municipales de los diferentes Partidos Políticos con autoridades municipales electas. Se suma, el representante de la Oficina de Enlace entre los Ayuntamientos y el Poder Ejecutivo, pudiendo sumarse cualquier otra dependencia y/o sector interesado en socializar sus planes y proyectos con las municipalidades y sus comunidades.
¿Qué es el Plan Estratégico Institucional PEI-LMD 2017-2021?
Es un documento referencial estudiado, consensuado y estructurado sobre la base de la cooperación y la articulación entre la institución y la municipalidad, sustentadas sobre las líneas estratégicas de acción para el cuatrienio 2017-2021 y que son derivadas de la vocación consultiva, técnico y formativa de la entidad; a fin de convertirse en un organismo que acompañe a los ayuntamientos hacia el desarrollo integral de su territorio.
¿Cuáles son las Líneas Estratégicas de la Gestión 2017-2021?
Las líneas estratégicas de acción para el período 2017-2021 son:
1. Desarrollo y fortalecimiento institucional
2. Servicios Municipales de calidad
3. Transparencia y rendición de cuentas
4. Capacitación
5. Comunicación y evaluación de los procesos
¿Cuáles leyes son vinculantes a la Liga Municipal Dominicana?
Las siguientes leyes influyen en la creación y el cumplimiento de las funciones de la Liga Municipal Dominicana
• Constitución de la República Dominicana
• Ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipios
• Ley No. 41-08 de Función Pública
• Ley No. 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030
• Ley No. 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales
• Ley No. 49-38 de Creación de una Liga Municipal Dominicana
• Ley No. 38-96 de 1954 que inviste de personalidad jurídica a la Liga Municipal Dominicana, y dicta otras disposiciones.
¿Qué es la Unidad Municipal de Programa Especiales?
Esta unidad es la responsable de la ejecución de los programas y proyectos especiales en los cuales la Liga Municipal Dominicana se involucra a través de las alianzas y convenios con la municipalidad y demás entidades del Estado, así como también los que la institución considere valiosos para apoyar el desarrollo integral de los gobiernos locales.
Es una unidad de la LMD que tiene la responsabilidad de coordinar con las áreas funcionales de la entidad, de manera particular, con la Subsecretaría de Fomento y Cultura, planificación y el ICAM eventos que propicien en el ámbito municipal y comunitario, la planeación concurrente de programas y servicios que tomen en cuenta la variable medioambiental y que generen conciencia sobre la responsabilidad social y los deberes ciudadanos/as y de ciudadanía, con el desarrollo sostenible y el manejo adecuado de los residuos sólidos desde su fuente de generación.
¿Qué es el Instituto de Capacitación Municipal? (ICAM)
Es un instituto de capacitación creado por disposición de su Comité Ejecutivo y cuyo objetivo es orientar la capacitación del servidor municipal hacia la prestación de un servicio de calidad y basados en los proyectos contenidos en las líneas estratégicas del Plan Estratégico Institucional LMD, teniendo como elementos centrales la satisfacción ciudadana y el desarrollo local.
Además, el Instituto tiene como su principal responsabilidad coordinar, promover y realizar programas de capacitación, información, asesoría e investigación sobre la problemática de los servicios públicos municipales, pudiendo proponer mecanismos de resolución de éstas problemáticas.
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